PREGUNTAS FRECUENTES

  • ¿Cuándo hay que presentar la declaración de la Renta?

    La declaración de la Renta se debe presentar en el periodo comprendido entre el 2 de mayo y el 30 de junio.

  • ¿Qué requisitos se deben cumplir para poder deducir cuotas de IVA soportado?

    Siempre tendrás que poseer la factura original como documento justificativo y debe cumplir con los siguientes requisitos mínimos: 

    · Número de factura/serie. Esta numeración de facturas deberá ser correlativa.

    · La fecha de la expedición de dicha factura. 

    · Nombre y apellidos, razón o denominación social completa de ambas partes. 

    · Número de identificación fiscal NIF/CIF.

    · Domicilios completos de ambas partes.

    · Descripción de los conceptos a facturar.

    · El tipo impositivo o los impuestos aplicados y desglosados.

    · La cuota tributaria que se repercuta, que deberá detallarse por separado. 

    · La fecha en la que se hayan efectuado las operaciones desglosadas.

  • ¿Qué plazos de presentación tengo para los pagos fraccionados a cuenta de renta, las retenciones y las declaraciones-liquidaciones de IVA?

    Este apartado es referente a los modelos 303-310-311-309-130-131-115-110. 

    Los tres primeros trimestres, del 1 al 20 de los meses de abril, julio y octubre. En el cuarto, del 1 al 20 de enero para los modelos 110 y 115 (retenciones de trabajadores/colaboradores y alquileres) y del 1 al 30 de enero para los pagos a cuenta del IRPF, las declaraciones-liquidaciones de IVA y los resúmenes anuales, que son los modelos 390-180-190.

    Importante, si el último día para la presentación es un sábado o un día festivo, el plazo se prorrogará hasta el siguiente día hábil.

  • ¿Cómo realizar bien mi declaración de IRPF?

    No la dejes para los últimos días, esto implica molestas prisas y la probable falta de documentación. Antes de finalizar el año, le podemos confeccionar una pre declaración y aprovechar al máximo los tiempos para planear las desgravaciones fiscales e intentar los menos impuestos posible en el próximo junio.

  • ¿Cómo comprobar si se ha asignado correctamente la vivienda a declarar?

    Deberás comprobar en los datos de la propiedad el catastro, ya que Hacienda usa estos datos para las comprobaciones inmobiliarias.

  • ¿Qué cuestiones debo tener en cuenta si vendo mi piso usado?

    Pagarás la plusvalía (impuesto que grava el incremento del valor de los terrenos). Se abona en el Ayuntamiento, y es más que importante, conocer el importe antes de fijar el precio de venta y evitar así sorpresas. 

    En el momento de realizar la declaración de la renta, tienes que declarar en el apartado de las ganancias patrimoniales del irpf la diferencia calculada de los valores de compra y venta, es decir, lo que te costó en su día y por lo que la vendes. En el contrato de compraventa, podrás pactar quién será la parte pagadora de este impuesto de transmisiones, que por ley, lo pagará el comprador.

  • ¿Qué tipo de impuestos debo pagar cuando compro un piso usado?

    Será el 8% sobre el precio de venta, el impuesto de transmisiones patrimoniales, y además, pagar notario y registro.

  • Qué hacer si no paga un inquilino?

    Si tiene el caso de que un inquilino no le paga, no espere más de 2 a 3 meses para reclamar el pago de manera fehaciente y poder iniciar así el desahucio por impago.

  • ¿Cómo puedo conocer si un vehículo de segunda mano tiene cargos o embargo?

    Sin ninguna dificultad, nos aporta la documentación del vehículo y en muy poco tiempo le podremos afirmar la situación real y actual de dicho bien.

  • ¿Podría recuperar el IVA repercutido de facturas impagadas?

    Si es posible. Para esto hay que cumplir con unos requisitos como son la reclamación del pago de dicha factura y la realización de trámites fiscales en plazos breves de tiempo y no dejar que se demore demasiado.

  • ¿Cuál sería el mínimo capital social de una sociedad?

    Siempre dependerá del tipo de sociedad que quiera constituir. 

    Sociedad limitada = 3.006 € (suscrito y desembolsado al constituirse)

    Sociedad anónima = 60.000 € (suscrito y al menos el 25% desembolsado)

    Una vez que la sociedad ya esta inscrita en el Registro Mercantil, se podrán usar o retirar estas cantidades.

  • ¿Qué procedimiento es básico en la constitución de una sociedad?

    Tanto para la constitución de una Sociedad Anónima (SA) o una Sociedad Limitada (SL), en España debe otorgarse ante un notario la escritura pública española de constitución, y su posterior inscripción en el Registro Mercantil. El CIF lo obtendrá una vez realizada la escritura.

  • ¿Qué tiempo necesito contemplar en la constitución de una SL?

    En principio, si se tiene mucha prisa, se puede formar una SL Express, que tardará en estar creada tan sólo unos 3-4 días y siempre tendrá coste reducido si se cumplen con varios requisitos, como contemplar un capital social no superior a 3.100€, ser socios personas físicas, figuras de administradores solidarios o único, elaboración de unos estatutos estándar, etc. La constitución de una SL estándar empleará un periodo de 3 semanas aproximadamente.

  • ¿Que clases de invalidez existen?

    Parcial (pago a tanto alzado de unas 24 mensualidades) 

    Total (prestación vitalicia del 55% sobre la base reguladora)

    Total cualificada (prestación vitalicia del 75% sobre la base reguladora)

    Absoluta (prestación vitalicia del 100% sobre la base reguladora)

    Gran invalidez (prestación vitalicia consistente del 150% sobre la base reguladora)

  • ¿Qué consecuencias puede acarrear tener trabajadores sin estar dados de alta en la Seguridad Social?

    Es muy arriesgado, ilegal y perjudicial para la salud de la empresa. Si el trabajador sufre un accidente, la empresa se enfrentará a elevadas sanciones, a la posterior inspección de trabajo y la posible prestación de baja o invalidez con recargo e indemnizaciones por daños y perjuicios. 

    Además, sin que exista accidente físico, las tensiones entre el personal pueden crecer, y es que, el trabajador puede reclamar sus derechos y entonces la empresa tendrá que pagar las cotizaciones atrasadas, con los recargos correspondientes y una sanción elevada.

  • ¿Qué validez tienen los contratos temporales?

    Es muy arriesgado, ilegal y perjudicial para la salud de la empresa. Si el trabajador sufre un accidente, la empresa se enfrentará a elevadas sanciones, a la posterior inspección de trabajo y la posible prestación de baja o invalidez con recargo e indemnizaciones por daños y perjuicios. 

    Además, sin que exista accidente físico, las tensiones entre el personal pueden crecer, y es que, el trabajador puede reclamar sus derechos y entonces la empresa tendrá que pagar las cotizaciones atrasadas, con los recargos correspondientes y una sanción elevada.

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